Siendo la defensa de la calidad de los vinos, junto con la promoción, la principal labor del Consejo Regulador, es obvio que hay establecidos rigurosos controles de calidad que se establecen desde el viñedo.
En cuanto a los vinos, los rigurosos requisitos del Comité de Cata del Consejo Regulador, aseguran una extraordinaria calidad de los vinos con D.O., los cuales, una vez en el mercado, deberán ir provistos de la correspondiente contraetiqueta identificativa facilitada por el Consejo Regulador una vez que el vino se considera apto para ser comercializado con esta identificación de su origen y calidad.
Además, con el propósito de dar más garantías al consumidor, esta Denominación de Origen facilita una contraetiqueta distinta según el tipo de vino del que se trate (joven, tradicional, envejecido en barrica, crianza, reserva, gran reserva o espumoso), impidiéndose así cualquier tentación maliciosa de cambio de concepto.